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Pagos realizados con tarjeta
Otra de las modificaciones aprobadas este martes establece que todas las entidades emisoras de tarjetas -ya sea un banco, unos grandes almacenes o una red de gasolineras- deberán desglosar el número total de operaciones y la cantidad anual de los abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y compras en establecimientos de aquellas tarjetas con mayor actividad (con movimientos por un total anual a partir de 25.000 euros). Y eso, para cualquier tipo de tarjeta (de crédito, débito, de prepago o monedero, tarjetas de pago virtuales o para compras en línea u otras de cualquier denominación y en cualquier moneda) y para los sistema de cobro asociados a un número de teléfono móvil (Bizum).
Esta nueva declaración deberá presentarse por primera vez en 2027, sobre los movimientos realizados en 2026. En la declaración se habrá de identificar al titular de la tarjeta (particular o empresa), el número de cargos en el año y su importe total, tanto de compras como de retiradas de efectivo, según se anticipaba ya en el texto del real decreto cuando fue sometido a información pública en el mes de diciembre.
Parece que empiezan a... Leer más ... |