josejavier1231
Podrías pegar el apartado referente a fiscalidad.
¿De que fecha son las condiciones?
Saludos
La fiscalidad en esta promo. es el porcentaje de siempre para estos rendimientos del capital mobiliario (mientras que no lo cambie el gobierno o diga que está sujeto pero exento de retención) el 19 %. Esto siempre te lo van a retener; de esto no se salva nadie, si esa era tu duda fjva. Es decir, te llevarias 400-19%(400) = 324 €
Salu2.
Creo que nuestro compañero "fjva" eso ya lo sabe, él va por otro sitio, y a mi parecer creo que muy acertadamente, se refiere a esto que ya ha expresado en otro foro y sobre lo que habria que meditar e investigar:
"Uno-e lo está pagando como brutos, pero ahí discrepo, por eso estoy pidiendo las condiciones actuales.
En las condiciones de diciembre pone textualmente:
Punto 7. Fiscalidad
La entrega del regalo constituye un rendicmiento del capital mobiliario en especie sujeta a ingreso a cuenta del I.R.P.F. El banco asumirá el correspondiente ingreso y procederá a ingresarlo en el Tesoro por cuenta del titular de la... Leer más ...
josejavier1231
Podrías pegar el apartado referente a fiscalidad.
¿De que fecha son las condiciones?
Saludos
La fiscalidad en esta promo. es el porcentaje de siempre para estos rendimientos del capital mobiliario (mientras que no lo cambie el gobierno o diga que está sujeto pero exento de retención) el 19 %. Esto siempre te lo van a retener; de esto no se salva nadie, si esa era tu duda fjva. Es decir, te llevarias 400-19%(400) = 324 €
Salu2.
Creo que nuestro compañero "fjva" eso ya lo sabe, él va por otro sitio, y a mi parecer creo que muy acertadamente, se refiere a esto que ya ha expresado en otro foro y sobre lo que habria que meditar e investigar:
"Uno-e lo está pagando como brutos, pero ahí discrepo, por eso estoy pidiendo las condiciones actuales.En las condiciones de diciembre pone textualmente:
Punto 7. Fiscalidad
La entrega del regalo constituye un rendicmiento del capital mobiliario en especie sujeta a ingreso a cuenta del I.R.P.F. El banco asumirá el correspondiente ingreso y procederá a ingresarlo en el Tesoro por cuenta del titular de la nómina.....
Mi duda no es referente al 19%, sino a este punto:
Punto 7. Fiscalidad
La entrega del regalo constituye un rendicmiento del capital mobiliario en especie sujetra a ingreso a cuenta del I.R.P.F. El banco asumirá el correpsondiente ingreso y procederá fa ingresarlo en el Tesoro por cuenta del titular de la nómina.....
Según el bases, si el banco asume, es que lo paga el, igual que por ejemplo oficinadirecta, que asumen y no te pasan el cargo. Lo ponía así en diciembre de 2010 y meses anteriores, lo que no se si lo han cambiado, que es lo que me interesa saber.
Fiscalidad
xx Los regalos, dinerarios o en especie, otorgados por la presente promoción están remunerando la realización de
una inversión en determinados elementos patrimoniales y, por tanto, deben calificarse como rendimiento del
capital mobiliario, y como tal, corresponde la retención o ingreso a cuenta de acuerdo al artículo el 75.1.b) del
Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
si tiene cualquier duda se
ponga en contacto con nuestro centro de atención telefónica 902 575 225 donde le atenderemos
las 24 horas del día.
Cuenta 13 es la segunda opción que mencionas: el banco lo ha ingresado en hacienda como si fuera una retención del 18% de tus intereses, por lo cual no tiene ningun coste para tí. Es más si hubieras declarado pérdidas patrimoniales el año pasado podrías beneficiarte con esa deducción en tu declaración de este año-