Para poder disfrutar gratuitamente de las ventajas de la Cuenta NÓMINA será necesario tener domiciliada la nómina, pensión o prestación por desempleo o unos ingresos mensuales de al menos 700 € al mes. En el supuesto de que el cliente deje de domiciliar la nómina, pensión o prestación por desempleo o no tenga ingresos mensuales de al menos 700 € se cobrará una comisión de mantenimiento de cuenta de 3 € al mes. TIN 0 % y TAE: -0,718 %. Para un supuesto en el que se mantenga de forma constante durante 1 año un saldo medio diario de 5.000 € aplicando una comisión de mantenimiento de cuenta de 3€ mensuales (36 € al año).
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Siguiendo tus cuentas, creo que estas equivoca en una cosa:
Quote::
-848.18€ salen de sumar el regalo de la TV (718.80€) y el regalo del ingreso a cuenta (129.38€).
Yo creo que el regalo de la TV son 599. Por lo tanto la suma total del regalo son 599 + 129,38. La cantidad de 718,80, se utiliza para calcular el IRC, no es el precio del regalo.
No, no estoy equivocado, ya te he puesto la explicación:
"La forma de calcular LA RENTA A INTEGRAR EN LA BASE IMPONIBLE, así como la base del ingreso a cuenta es el resultado de incrementar en un 20% el valor de adquisición o coste para el pagador, según la normativa del Impuesto sobre el IRPF. (599€ + 20%)"
Siguiendo tus cuentas, creo que estas equivoca en una cosa:
Quote::
-848.18€ salen de sumar el regalo de la TV (718.80€) y el regalo del ingreso a cuenta (129.38€).
Yo creo que el regalo de la TV son 599. Por lo tanto la suma total del regalo son 599 + 129,38. La cantidad de 718,80, se utiliza para calcular el IRC, no es el precio del regalo.
...lo dicen será ese, de todas formas como es el que ellos tienen, será ese el que le comuniquen a Hacienda.
-129.38€, salen de aquí: Artículo 103. Ingresos a cuenta sobre retribuciones en especie del capital mobiliario. La cuantía del ingreso a cuenta que corresponda realizar por las retribuciones satisfechas en especie se calculará aplicando el porcentaje previsto en la sección II del capítulo II anterior (un 18% actualmente) al resultado de incrementar en un 20 % el valor de adquisición o coste para el pagador. Es decir, el 18% de: 599€ + 20%
-¿Y de donde salen los 718.80€ de la TV, pues de aquí: La forma de calcular LA RENTA A INTEGRAR EN LA BASE IMPONIBLE, así como la base del ingreso a cuenta es el resultado de incrementar en un 20% el valor de adquisición o coste para el pagador, según la normativa del Impuesto sobre el IRPF. (599€ + 20%)
-848.18€ salen de sumar el regalo de la TV (718.80€) y el regalo del ingreso a cuenta (129.38€).
Por lo tanto en tu declaracion de Hacienda, en el apartado de INGRESOS del rendimiento del capital mobiliario: 718.80€ y 129.38€, total 848.18€; y en el aportado de RETENCIONES A CUENTA de rendimientos de capital mobiliario... Leer más ...
...del 18%, independientemente de tu base imponible.
No se de donde has sacado los datos de las cantidades 600 del TV y 108 de ingreso a cuenta. ¿Las cantidades podrían ser 492 del TV + 108 de IC = 600 de regalo total?. Creo que si haces así la simulación no te debería de salir a pagar ni mas ni menos. Si tus cantidades son las correctas, creo que te saldría a pagar siempre 108*18% =20 Euros.
Creo que si Banesto considera el precio del TV en 599€, las cuentas que ha hecho Anonymous son CORRECTISIMAS, te saldrá a pagar una PEQUEÑISIMA cantidad:
-Como ingresos: uno de 718.80€ (599€+20%) (**) en concepto de la TV, más otro ingreso de 129.38€ correspondientes al pago del 18% (que te regala el banco a tí, con lo cual Hacienda también considera que es un ingreso a tu favor). TOTAL 848.18€
(**)la base del ingreso a cuenta es el resultado de incrementar en un 20% el valor de adquisición o coste para el pagador, según la normativa del Impuesto sobre el IRPF.
-Como retenciones a cuenta, precisamente esa cantidad de 129.38€ que realizó el banco.
Con estas cantidades tendras que ir a tu declaración e incluir los 848.18€ como ingresos y los 129.38€ como retenciones... Leer más ...
Bueno pues las cuentas a pagar a Hacienda quedarían de esta manera, primero aclarar que TODO EL MUNDO TENDRIA QUE PAGAR, excepto lo no obligados a presentar declaración:
-Como ingresos: uno de 718.80€ (599€+20%) (**) en concepto de la TV, más otro ingreso de 129.38€ correspondientes al pago del 18% (que te regala el banco a tí, con lo cual Hacienda también considera que es un ingreso a tu favor). TOTAL 848.18€
(**) Artículo 103. Ingresos a cuenta sobre retribuciones en especie del capital mobiliario. La cuantía del ingreso a cuenta que corresponda realizar por las retribuciones satisfechas en especie se calculará aplicando el porcentaje previsto en la sección II del capítulo II anterior al resultado de incrementar en un 20 % el valor de adquisición o coste para el pagador. La forma de calcular la renta a integrar en la base imponible, así como la base del ingreso a cuenta es el resultado de incrementar en un 20% el valor de adquisición o coste para el pagador, según la normativa del Impuesto sobre el IRPF.
-Como retenciones a cuenta, precisamente esa cantidad de 129.38€ que realizó el banco.
Con estas cantidades tendras que ir a tu declaración e incluir los 848.18... Leer más ...