Efectivamente, muy bien explicado,
añadir que resulta mas ventajoso la AMORTIZACION en la que te restas tiempo que la que resta cuota, por el hecho de que obtienes dos ventajas:
La primera que al final del prestamo habras pagado menos intereses.
La segunda a menos tiempo de prestamo mas estable, por lo que te influyen menos las variaciones del EURIBOR.
Por supuesto con esta amortizacion la cuota que permanece es la misma que ya tenias, que desde luego tiene que ser una cuota que puedas llevar bien, pues sino lo mejor es reducir cuota hasta que te resulte comoda, pues piensa que todavia te resta tiempo por pagar y lo primero es poderlo pagar, luego ya se puede pensar en que ese prestamo te salga menos caro.
Normalmente si el banco no es abusivo te impondrá un minimo razonable y te dará opción a las dos formas de amortización, pero sino de seguro que alguna pega tendrás en alguna de las opciones. También he oido de casos que incluso te imponen unas fechas para las amortizaciones. Tener en cuenta que las amortizaciones no son del gusto de los bancos, pues les restan rentabilidad.
Un saludo.
Las Amortizaciones Anticipadas, son cantidades de dinero que a parte de las cuotas de pago obligado todos los meses, se adelantan al prestamo, con lo cual restamos capital pendiente al prestamo.
Según las condiciones que cada cual haya firmado con el banco que le realizó el préstamo, respecto de las amortizaciones podemos encontrarnos tres cuestiones:
1.- Que en la escritura nos hayan impuesto un MINIMO a partir del cual se puede amortizar, esto es por ejemplo que en nuestra escritura diga que para amortizar deberán ser cantidades superiores a 1.000 euros por ejemplo, esto ya depende de lo que cada uno firmó en su momento, y entonces NO te permiten amortizar por debajo de dicha cantidad, es decir si dispusieras de 800 euros y los quisieras adelantar o amortizar, te dirian que tiene que ser como mínimo 1.000, con esto RECORTAN TUS POSIBILIDADES.
2.- La comisión que igualmente se nos haya impuesto en la escritura, a la hora de amortizar, esto es por ejemplo que si la comisión es de un 1% (para los prestamos de ahora el máximo legal es el 0,5%), pues entonces que sumado lo de arriba con esto otro, para poder amortizar precisas de mínimo 1010 euros, 1000 euros se restarian al... Leer más ...