Marco Escribió:
Segun el contrato que habeis colgado, en la clausala segunda dice: Se considerarán nóminas o pensiones las percibidas por dichos conceptos a través del Sistema de Compensación Electrónico (SNCE). Para otros conceptos retributivos que se perciban por transferencia o cheque, la cuantía deberá ser superior al SMI, debiendo el titular notificar al banco por escrito que dicha percepción se corresponde al concepto nómina.
¿Qué significa esto del SNCE?. He buscado información sobre él y no me queda del todo claro. La cuestión es si yo domicilio una nómina percibida a través del SNCE de pongamos 400 euros, que está por debajo del SMI, me sigue valiendo porque pertenece al SNCE. ¿Cuáles son las nóminas que se perciben a través del SNCE?
Esto me trae de cabeza porque dado mis condiciones laborales puedo tener nóminas de muy diferente cuantía encontrándome meses en que duplico o másqueduplico el SMI y otros en las que no llego, así que tenía pensado compensar estos meses con transferencias de dinero que tengo guardado, pero si no hace falta pues eso que me ahorro |