cuenta13 Escribió:
gulimaes Escribió:
Efectivamente, acabo de llamar y solo puedo liquidar la deuda mediante ingreso o transferencia a su cuenta o bien por la domiciliación del recibo a final de mes.
El pago con tarjeta solo lo admiten cuando hay impago
Gracias de todas formas
[editado por cuenta13]
Parece que mi repuesta no te la habías creído... en fin... La próxima vez ni me molesto...
Te voy a editar el último comentario de tu mensaje, que más que beneficio nos puede traer problemas...
La policía no es tonta.
Tienes toda la razón cuenta. La gente pregunta, vuelve a preguntar, no se lee el hilo y luego llama por teléfono. Señores seriedad que leyendo se aprende mucho pero si uno es de natural vago como el que suscribe, hombre hay que fiarse de los expertos, no andar con tres barajas debajo de la manga. |