Urkiola Escribió:
gulimaes Escribió:
Por cierto, es raro que no practiquen retención, no?
Hay que declararlo en la renta del año siguiente. Lo que no sé es si viene ya especificado en el borrador.
La compra se realiza al Tesoro Público a través de una cuenta bancaria en el Banco de España, por lo cual supongo que debería aparecer en el borrador igual que aparecen en los datos fiscales el resto de entidades con las que operas y has tenido rendimientos. Lo contrario sería absurdo, más tratándose del Banco de España, sería el colmo a mi entender.
Una duda, si solicito letras competitivas sé que podrían no concedérmelas ¿me las concederían con SEGURIDAD (las no competitivas se conceden siempre) si el interés que fijo en la solicitud es menor que el que finalmente sale en la subasta?
Salu2 |