Falsifican la web de la Agencia Tributaria para robar los datos bancarios del contribuyente.
Con la llegada de una nueva campaña de la Declaración de la Renta, desembarcan también en los teléfonos móviles SMS que tratan de robar los datos de los contribuyentes. Antes aún de que se haya iniciado el plazo de presentación (será el próximo 5 de abril), la Policía y la Guardia Civil ya alertan de una campaña del fraude electrónico del 'phising' con el objetivo de obtener los datos de cuentas de tarjetas de crédito de los afectados.
Aunque no estés obligado a presentar la Declaración de la Renta, te interesa comprobarla
Hay personas que, por la cuantía y el tipo de ingresos que perciben, no están obligadas a presentar la Declaración de la Renta, al no alcanzar los requisitos mínimos exigidos por la Agencia Tributaria. Pero ojo, porque que estén exentas no significa que no les interese calcular su declaración.
¿Estás seguro que es una ayuda o subvención exenta?
Cada una de las subvenciones o ayudas puede tener un tratamiento diferente en el Impuesto sobre la Renta, por lo que para comprobar si deben o no declararse, conviene, en primer lugar, consultar el acuerdo de concesión de la ayuda, que, si está exenta, recogerá esta circunstancia.
Otra vez avisa de esa subvención y entre todos los foreros alquilamos un pisico en ese paraíso fiscal y nacen ahí todos nuestros niños. Podéis ser el municipio con más nacimientos
Saludos
Seguro no estoy y por eso lo pregunto por aquí. Adjunto pantallazos del programa PADRE a ver qué os parece:
De las 4 opciones que el programa ofrece (su asistente) con el tema de subvenciones, solo "cuadra" la última, pero esto es lo que me dice después:
Añado mas leña al fuego. Desde el tfno de atención de Hacienda, después de tenerme un buen rato al tfno, me dicen esto:
ARTÍCULO 7, APARTADO H, Ley IRPF: ..."Igualmente estarán exentas las demás prestaciones públicas por nacimiento, parto o adopción... Leer más ...
¿Estás seguro que es una ayuda o subvención exenta?
Cada una de las subvenciones o ayudas puede tener un tratamiento diferente en el Impuesto sobre la Renta, por lo que para comprobar si deben o no declararse, conviene, en primer lugar, consultar el acuerdo de concesión de la ayuda, que, si está exenta, recogerá esta circunstancia.
Otra vez avisa de esa subvención y entre todos los foreros alquilamos un pisico en ese paraíso fiscal y nacen ahí todos nuestros niños. Podéis ser el municipio con más nacimientos
Aunque los cambios más significativos corresponden a la Declaración de 2015, la campaña de 2014 incluye variaciones tanto de orden administrativo como en aspectos que afectan a la liquidación
Retomo el hilo para volver a pediros ayuda en relacion al tema de la compra-venta de una segunda casa.
Me hago la cabeza un lio de tanto leer y no me queda claro. A ver si me explico.
Mi casa me costó en su dia 100.000 euros. Supongamos que la vendo por 140.000. Se supone que tengo entonces una plusvalia de 40.000 euros. ¿no?
¿Tengo que pagar en la declaracion de la renta por esa cantidad? El dinero obtenido por la venta lo vamos a reinvertir en otra vivienda, la cual nos costara 170.000 mas gastos, total pongamos 187000 euros, de los cuales solo queremos pedir una nueva hipoteca por un valor de 90.000 euros.
¿Quedo exento de tener que pagar algo a Hacienda con estos numeros?
GRACIAS DE ANTEBRAZO
PD Si se necesita algun otro dato decídmelo, por favor
En hacienda solo esta exento si la que vendes es tu vivienda habitual para comprar otra vivienda habitual, si vendes una segunda propiedad para comprar otra segunda propiedad no hay nada exento.
La plusvalía municipal si que la tendrás que pagar sea vivienda habitual o segunda vivienda.
Retomo el hilo para volver a pediros ayuda en relacion al tema de la compra-venta de una segunda casa.
Me hago la cabeza un lio de tanto leer y no me queda claro. A ver si me explico.
Mi casa me costó en su dia 100.000 euros. Supongamos que la vendo por 140.000. Se supone que tengo entonces una plusvalia de 40.000 euros. ¿no?
¿Tengo que pagar en la declaracion de la renta por esa cantidad? El dinero obtenido por la venta lo vamos a reinvertir en otra vivienda, la cual nos costara 170.000 mas gastos, total pongamos 187000 euros, de los cuales solo queremos pedir una nueva hipoteca por un valor de 90.000 euros.
¿Quedo exento de tener que pagar algo a Hacienda con estos numeros?
GRACIAS DE ANTEBRAZO
PD Si se necesita algun otro dato decídmelo, por favor
Cita previa para la declaración de la renta: cómo, dónde y cuándo pedirla
La cita previa para realizar la declaración de la renta en una oficina se puede pedir desde el 5 de mayo. La Agencia Tributaria advierte que pedir una cita previa es una condición imprescindible para acudir a una oficina, para todos aquellos contribuyentes que decidan no confirmar el borrador o que opten por hacerla presencial, en lugar de presentar la declaración por internet. Para pedir la cita, estos son algunos pasos y otras cuestiones a tener en cuenta:
Cada vez son más las personas que pueden solicitar el borrador a Hacienda. Sin embargo, no podemos asumir sin más que el borrador esté bien. Además, la información errónea del borrador no exime de una revisión posterior de Hacienda.
Es responsabilidad del contribuyente comprobar que la información que aparece en el mismo sea completa y correcta, y en caso contrario corregirla. A continuación le recordamos una serie de errores frecuentes que puede encontrarse en el borrador, y que en muchos casos pueden jugar a su favor.
¿Qué novedades existen en la Declaración de la Renta para poder ahorrar?
El IRPF es un impuesto personal y, como tal, tiene en cuenta las circunstancias personales de cada persona; es decir, a diferencia de otro tipo de impuestos, como puede ser el IVA en el que cada contribuyente paga una cuantía determinada en función de su consumo, en el IRPF la cuantía final a pagar depende de una serie de conceptos personales que deberemos reflejar convenientemente en nuestra Declaración de la Renta, pero que no todo el mundo conoce.
El año pasado os proponíamos una serie de conceptos que se podían incluir en nuestra Declaración de la Renta para poder beneficiarnos de unas determinadas deducciones fiscales aplicables al impuesto sobre la renta de las personas físicas. Pues bien, a pesar de los cambios normativos que se han dado durante este año, todavía es posible aplicar una serie de deducciones fiscales para que nuestra Declaración de la Renta nos salga a devolver o, al menos, reducir al máximo posible nuestra carga tributaria con Hacienda.
El cálculo de 660 euros es para personas que cobren 33.000 euros brutos anuales. Si cobras 20.000 brutos anuales serían 400.
Yo tenía entendido que era el 1% no el 2, parece ser que estaba equivocado.
Al final todo se regulariza al hacer la declaración de la renta en mayo-junio. Si no te lo ha retenido la empresa, la agencia tritubaria te lo devuelve.
Yo de todas formas soy partidario de tenerlo en el bolsillo y en junio ya me devolverá menos hacienda o ya le pagaré, pero de momento lo tengo yo.
Saludos y felices fiestas.
07/04/2013 Recibo SMS
06/04/2013 Comunicación del BORRADOR de declaración
07/04/2013 Modificación del BORRADOR de declaración me faltaba como a pinkfloyd la cuota sindical y no esta la cosa para perdonar unos 40€
07/04/2013 Grabación de la declaración 201210061190103N
17/05/2013 SMS se ha ordenado el pago de su devolucion del impuesto sobre la renta de las personas fisicas del ejercicio 2012
18/05/2013 Cobrado
...sus ingresos. Pues podríamos quedarnos con el piso vacío durante un año perfectamente, dada la situación actual. Mientras, hay que pagar contribución, comunidad de propietarios, posibles derramas, seguro de hogar (quien le interese), mínimo de luz, mínimo de agua y la imputación de esa casa deshabitada en el IRPF, que puede incluso hacernos cambiar de tramo.
Venga, ponemos el piso monísimo y se alquila enseguida. Pues los inquilinos se te pueden ir en dos meses. Mientras paga IBI, comunidad de propietarios, posibles derramas (algunas bestiales), declaración en la Renta (que, aunque sea un menor de 30 ó 35 años, no te escapas a la hora de solicitar un subsidio, ayudas sociales si eres funcionario y cosas que ahora se me escapan). Por supuesto, y tras mi última experiencia recomendaría un seguro de protección de alquiler (unos 180 Euros anuales).
También es verdad que un plazo fijo tiene un gravámen del 21%, así que la cosa está así, así.
Cuando se estabilice el precio de la vivienda y bajen las tasas de paro quizá sería una inversión semisegura, pero ahora mismo tajantemente no.
Después de lo que he pasado, me ofrezco para intentar ayudar a quien quiera alquilar... Leer más ...
Este profesional del que hablamos no tiene que ingresar nada trimestralmente por IRPF, a través del modelo 130, porque, si el 75% de tus ingresos llevan retención, no estás obligado a ingresar, en caso de que salga a pagar, (presentar el modelo 130) trimestralmente nada por esas facturas en concepto de IRPF. Lo único que hay que hacer, en la declaración de la renta en junio, es declarar en el apartado de rendimientos de actividades económicas (hay gente que lo mete como rendimientos del trabajo si son ingresos muy bajos pero bueno), el total de ingresos del año, menos el total de gastos del año, algo así por reducir. Es lo que a mí me explicaron en Hacienda.
...hacienda sí puede ser que esté atenta con respecto a las empresas que tienen el iva intracomunitario para evitar problemas.
Una pregunta que te hago.
Ese profesional al que tú le llevas las cuentas le hace a la empresa extranjera la factura sin iva y sin irpf. por lo que si cobra a la empresa 1000€(por ejemplo), esos 1000€ son limpios para él? O cuánto tiene que pagar luego en alguna declaración?
Entiendo que en la declaración del IVA no paga nada puesto que no ha recibido nada, pero en la del irpf sí tendrá que pagar, no? O en la declaración de la renta?
Te pregunto porque quisiera saber al final cuánto supone pagar de esa factura sin iva ni irpf.