Las ayudas para comprar coche, alquilar o comprar vivienda tributan y deberán incluirse en la Declaración de la Renta de 2009 aunque no consten en los borradores
Antes de hacer la Declaración de la Renta de este año, en relación con las ayudas recibidas, conviene tener en cuenta los siguientes consejos:
Revisar el borrador con cuidado. Si se han recibido ayudas, pese a que no figuren en el documento que envía Hacienda, el contribuyente está obligado a tributar por ellas. Su desconocimiento no exime del cumplimiento de la normativa y puede llevarle al pago de su correspondiente sanción.
Todas las ayudas recibidas forman parte de las ganancias patrimoniales de un contribuyente y deben declararse como tal. Tributará en una escala del 24% al 43% en el IRPF. La ley define el término de ganancia patrimonial como "las variaciones en el valor del patrimonio del contribuyente que se pongan de manifiesto con ocasión de cualquier alteración en su composición, salvo que sean rendimientos".
Si no se acreditan estas ayudas en la Declaración de la Renta... Leer más ...
...el 18 %. Esta retención estándar es de aplicación solo en productos financieros.
Creo que te equivocas. Este tipo de obsequios se asimila a los intereses. De echo en mi información de la renta viene en ese apartado.
Por eso esta grabado con el 18% y eso es lo que ellos calculan para hacer el ingreso a hacienda.
Lo calculan mal, pero intentan calcular el 18%. Ese ha sido por lo menos mi caso con el regalo del vino.
Tienes toda la razón, peo yo no he dicho que no sea así. De hecho, El importe del regalo que recibe un cliente bancario se considera a efectos fiscales rendimiento de capital mobiliario, sujeto a tributación y a ingreso a cuenta del 15%."Se integrará como rendimiento de capital mobiliario el resultado de incrementar al valor de mercado del regalo el ingreso a cuenta realizado a cargo de la entidad. El ingreso a cuenta se obtendrá del cálculo del 15% del valor de mercado de la retribución en especie". (Extraido de revista.consumer.es/ .../70852.php). En tu caso representa un 15,24% (No se trata de un error de calculo). En mi caso 181,42 de ingreso y 27,66 de retenciones a cuenta. Total un... Leer más ...
Jeje, al menos tú sabes de qué te viene eso de "en especie". Alguna vez me han venido a mi cantidades de pocos euros en ese concepto y desconozco por qué.
A principio de este año domicilié mi nómina en una entidad para que me dieran una tv. 'Sólo' debo mantener la nómina 24 meses. Al preguntar sobre el el tema fiscal, me dicen que es un regalo y que nadie declara eso ¡Toma ya!
En este caso, el valor de la tv era ligeramente superior al precio en las tiendas, pero puesto que la iba a comprar me compensaba comprometerme con ellos.
Como todo en esta vida, lo que vale es lo que está escrito en los contratos. Y a veces, ni eso.
Hola Waco: Bien, a partir de ahora ya sabes lo bondadosos que son los bancos, siempre dispuestos a hacer regalos a sus clientes a pesar de que estos raramente se lo merecen. No estoy seguro pero me da la impresion de que con este sistema lo que hacen en el fondo es declarar mas gastos y en consecuencia pagar menos impuestos. De la banca se puede esperar esto y mas. Son los verdaderos patriotas junto con esos otros ESPAÑOLES que cobran enormes cantidades y las depositan en paraisos fiscales. Saludos
Karana pues que quieres que te diga, yo estoy en tu misma situación con deposito al 6,5% del 2008, vencimiento 2009 y me entregaron un regalo de unas botellas de vino reserva de rioja, bastante bueno y efectivamente me aparecen en mis datos fiscales como rendimiento en especie al igual que el ingreso en Hacienda del preceptivo 18%. Es decir lo legislado. No se pierde nada y se ganan unas botellitas de buen rioja. ¿que pegas le vas a poner?.No te supone ningun gravamen. Yo que tu me pasaba por el otro regalito. No seas desconfiado
Hola Portuense: Gracias por intentar tranquilizarme. Comprendo que por la calidad de tu "Regalo", hayas aceptado la broma, aunque no indicas que rendimiento te han incluido (quizas rioja Gran reserva de 1956). LO legislado en estos casos no es el 18%. Ellos estiman por la cuenta la vieja cual puede ser tu nivel de ingresos y te retienen lo que quieren (en mi caso un 15%), esto modifica tu base imponible y como consecuencia puedes saltar de escala y pagar mas impuestos. Ahora valora mis "Regalos": Una jarra brita ( 20 € en Carrefour), una minmaletin trolley sin marca (no vale mas alla de 30 ). Me han clavado 180 eurazos como... Leer más ...
Karana pues que quieres que te diga, yo estoy en tu misma situación con deposito al 6,5% del 2008, vencimiento 2009 y me entregaron un regalo de unas botellas de vino reserva de rioja, bastante bueno y efectivamente me aparecen en mis datos fiscales como rendimiento en especie al igual que el ingreso en Hacienda del preceptivo 18%. Es decir lo legislado. No se pierde nada y se ganan unas botellitas de buen rioja. ¿que pegas le vas a poner?.No te supone ningun gravamen. Yo que tu me pasaba por el otro regalito. No seas desconfiado
Jeje, al menos tú sabes de qué te viene eso de "en especie". Alguna vez me han venido a mi cantidades de pocos euros en ese concepto y desconozco por qué.
A principio de este año domicilié mi nómina en una entidad para que me dieran una tv. 'Sólo' debo mantener la nómina 24 meses. Al preguntar sobre el el tema fiscal, me dicen que es un regalo y que nadie declara eso ¡Toma ya!
En este caso, el valor de la tv era ligeramente superior al precio en las tiendas, pero puesto que la iba a comprar me compensaba comprometerme con ellos.
Como todo en esta vida, lo que vale es lo que está escrito en los contratos. Y a veces, ni eso.
En 2008 contrato un depósito a 12 meses con rendimiento a vencimiento.
Es la primera vez que trabajo con esta entidad. El director de la oficina donde firmo, agradecido por la operación me entrega un "Obsequio".
En 2009, al consultar mis datos fiscales me llama la atención un apunte en el apartado bancos con referencia a esta entidad donde aparece una cantidad como rendimientos en especie y su correspondiente retención. Contacto con el director de la oficina y me confirma que ese rendimiento se debe al "Obsequio" que me entregaron en su momento (Que yo no solicite y que no aparece en las condiciones del deposito contratado), y que además me tienen guardado otro "Regalo" que me entregaran cuando yo lo desee (Lo han guardado durante al menos 3 meses y yo sin enterarme). A todo esto consulto el precio minorista de estos dos regalos en el mercado y conclusión: El precio al que yo puedo adquirir esos productos en cualquier Carrefour es aproximadamente la tercera parte del rendimiento en especie que aparece en mis datos fiscales. Envío mi queja y toda la documentación que poseo al Dpto. de Atta.Cliente. A los 20 días recibo llamada telefónica de la caja para preguntarme por mi... Leer más ...
Hacienda considera que el importe de los regalos que reciben los clientes de una entidad financiera es rendimiento de capital mobiliario (según la ley fiscal, se consideran rendimientos íntegros de capital mobiliario la totalidad de utilidades o contraprestaciones que provengan de elementos patrimoniales, bienes o derechos de naturaleza mobiliaria de los que es titular el contribuyente y que no están sujetos a actividades económicas realizadas por el mismo). El importe del regalo que recibe un cliente bancario se considera a efectos fiscales rendimiento de capital mobiliario, sujeto a tributación y a ingreso a cuenta del 15%.
Para calcular el ingreso a cuenta del 15% mencionado anteriormente, la entidad financiera toma como valor del regalo el precio de coste, por lo tanto debe informar a su cliente del valor de dicho regalo y, también, del interés TAE que supondría en caso de que lo que ofrecieran fuera retribución dineraria o en efectivo.
Se integrará como rendimiento de capital mobiliario el resultado de incrementar al valor de mercado del regalo el ingreso a cuenta realizado a cargo de la entidad. El ingreso a... Leer más ...
Hola, efectivamente los pasos correctos son los que te comenta cmorillo, y ademas está en lo cierto que como lo que realmente, segun comentas, lo que mayor perjuicio te ha causado ha sido la venta de esas acciones pero por lo visto tu intencion era cambiarlas de entidad y no el venderlas, lo que si te va a suponer a lo mejor una repercusion fiscal, por una supuesta ganancia patrimonial, ahi ya es tu decisión, si como dice cmorillo no te importa el mantenerlas, por lo que es precio de seguro que las vendidas hoy estan mejor vendidas que las de mañana, pues la tendencia es que vaya para abajo la bolsa, pero si por otro lado tu verdadero interés es haberlas mantenido, desde luego tienes un perjuicio demostrable a nivel judicial que es la ganancia patrimonial que te va a tocar desembolsar por una venta incorrecta. Asi que la decisión es tuya.
No obstante la proxima vez que decidas hacer este tipo de cuestiones, primero vete a la entidad donde quieres que vayan a parar las acciones y que sean ellos quienes las reclamen a tu entidad depositaria, y una vez completado y finalizado dicho traspaso, vas a la entidad y cancelas la cuenta, a ser posible antes de comunicar dicha decisión... Leer más ...