como podemos conseguir el borrador de la si no sabemos cuál es la casilla 620 de la declaración de año pasado?
no tienes mas remedio que hacerlo directamente sin borrador con los datos fiscales de que dispongas o bien llamando al 901 12 12 24 y te informarán debidamente.
Por lo general si pides los datos fiscales a hacienda solo aparecen las cuentas en las cuales estas de titular.Por lo que pedir el borrador está bien, te mandan toda la información necesaria.
Relacionado con la Renta, y cómo no, con el habitual mal funcionamiento de nuestro amigo el "gigante azul", el BBVA.
Comprobad los DATOS FISCALES de Hipotecas que están emitiendo el BBVA; los están emitiendo mal, y cómo no, en perjuicio del hipotecado. Así, no están recogiendo los últimos movimientos de las hipotecas del mes de Diciembre, con lo que puede haber una cuota o sobre todo amortizaciones de final de año que no recogen. Dicen que "están arreglándolo" y en "breve" volverán a emitir dicha información Fiscal.
Por tanto, especialmente aquel que tenga Hipotecas (deducible, claro) en el BBVA, que CONSULTE LOS DATOS FISCALES que tiene HACIENDA, a ver si los han comunicado bien, porque el lío y sobre todo el engorro de papeleos con Hacienda puede ser monumental, por un error en la comunicación de los Datos Fiscales.
Lo mejor como se ha dicho: SOLICITAD EL BORRADOR y comprobad dichos datos.
El año pasado compré un piso con mi pareja (no estamos casados) y ella lleva no trabaja.
Quisiera saber si ella puede declarar el 50% de su parte del piso o al no trabajar ni cobrar nada ese 50% no se puede declarar y se pierde y sólo puedo declarar yo mi 50%.
Gracias a todos de antemano
Sentinel en el Irpf pareja de hecho y conyugue no son equiparables por lo que teneis que hacer declaraciones individuales. Si tu pareja trabajó el año pasado (parece que sí ya que dices comprasteis el piso en ese año), ella puede hacer su declaración e incluir el 50% de la vivienda con el resultado a que diera lugar.
Ten en cuenta que si no la retuvieron merecería la pena la molestía
ACLARACION:
en el último parrafo debe decir:
Ten en cuenta que si no la retuvieron NO MERECERIA LA PENA LA MOLESTIA.
El año pasado compré un piso con mi pareja (no estamos casados) y ella lleva no trabaja.
Quisiera saber si ella puede declarar el 50% de su parte del piso o al no trabajar ni cobrar nada ese 50% no se puede declarar y se pierde y sólo puedo declarar yo mi 50%.
Gracias a todos de antemano
Sentinel en el Irpf pareja de hecho y conyugue no son equiparables por lo que teneis que hacer declaraciones individuales. Si tu pareja trabajó el año pasado (parece que sí ya que dices comprasteis el piso en ese año), ella puede hacer su declaración e incluir el 50% de la vivienda con el resultado a que diera lugar.
Ten en cuenta que si no la retuvieron merecería la pena la molestía
Este año mi hermano se asustará cuando vea tanta cuenta en el borrador al hacerme la declaración, pensará que me he vuelto loco, ya que no sabe todos los regalitos que me dan los bancos con mi "nómina"
De momento no me puede crear el borrador hacienda (al que hay que añadir algunas cosillas), sólo tengo los datos, por lo tanto tendré que esperar un tiempo.
Como saber, a día de hoy, si la declaración es mejor individual o conjunta? según ellos directamente te ponen la que te es favorable... a mi me han dicho la conjunta... pero me dan mucho miedo los borradores, siempre se equivocan (curiosamente a su favor).
Son más sospechosos que unos gitanos haciendo footing (lo digo porque no les veo en chandal ni con las típicas nike running -a parte de las risillas de alguno de la foto y con unas piedrecicas en la mano... incluso uno corriendo con un cigarro... jejeje-)
Seguro que es mejor que me la cambie de modalidad. No tengo oportunidad de ver las dos opciones, sólo te pone una.
La novedad mas importante no es que se pueda consultar el borrador de la declaración, lo verdaderamente novedoso es QUE SE PUEDE YA CONFIRMAR EL BORRADOR...
Atentos "los desesperaos de la devolución" ya podemos entrar al ataque.... Leer más ...
Si bueno... no dudo de tu explicación portuense... pero yo... es que siempre pienso un poquito mal. Lo que comentas sería tan fácil como poner una casilla incluyendo ese apartado, me lo invento y no sabría el redactado:RENUNCIA A FAVOR O EN BENIFICIO DE LA DECLARACIÓN DE MI HIJO/A.
Como somos (me incluyo) tan estupendos, estoy seguro que más de uno ha marcado esa casilla, firmado, entregado y después... SORPRESA.
A que viene esa casilla? Tienen ellos una casilla en mis depósitos para renunciar a pedirme ese 19 %, o el IVA? en cada compra tengo 2 casillas para que me lo perdonen, venga vamos... GRANDE URKIOLA
Una de las explicaciones de esa casilla es la situación de familias en las que viven los padres con una pensión mínima, si estos tienen que presentar declaración para devolución y renuncian a ella, permiten a los hijos donde viven, poder incluirlos en su declaración, lo que supone un gran beneficio en el resultado de su IRPF
Bueno calentando motores para cobrar unos eurillos de hacienda (algunos, claro)... ya queda menos. De aquí a poquito ya podemos hacer nuestros cálculos.
DESDE EL 4 DE ABRIL HASTA EL 27 DE JUNIO BORRADOR DE LA DECLARACIÓN DE RENTA 2010
- Solicitud del borrador de declaración.
- Confirmación del borrador de declaración con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta.
DESDE EL 4 DE ABRIL HASTA EL 30 DE JUNIO BORRADOR DE LA DECLARACIÓN DE RENTA 2010
- Confirmación del borrador de declaración con resultado a devolver, renuncia a la devolución, negativo y a ingresar sin domiciliación en cuenta.
Hola,
a ver sobre el tema fechas......
En enero si te corresponden los 100 euros, en Febrero tambien,.... hasta ahi claro, no tienes que devolver nada.
Respecto de marzo, todo depende si aunque hayas cogido la excedencia SI HAS COTIZADO ALGO a la SEg.Social de ese mes, de ser asi SI te corresponden los 100 euros, pero si de todo el mes de marzo NO has cotizado ni un solo dia a la SEg.Social entonces te tocaria devolver los 100 euros, que eso toca en el momento que hagas la declaracion de la renta que sera en junio del año que viene.
Respecto de los siguientes meses a partir de marzo, SI sigues en excedencia y por tanto NO estas cotizando a la SEg.Social, entonces los 100 euros NO te corresponden y seran cantidades a sumar para luego devolver.
Mi consejo, cuando llegue el momento de la declaracion en el borrador o resumen de datos fiscales te aparecera lo cotizado a la SEg.Social y es solo comprobar a que meses corresponde, aquellos meses a los que no hayas cotizado NI UN SOLO DIA DEL MES entonces no le corresponden los 100 euros, pero aquellos en los que hayas cotizado aunque sea un solo dia, SI. En conclusion, aunque sigas recibiendo los 100 euros... Leer más ...
Si entras en la oficina virtual busca consultar datos fiscales y ahí con el certificado o incluyendo un dato de la declaración del 2008 y tu dni, accederás
Rectifico, solo se puede acceder con dni electrónico, con certificado o con referencia.
Para solicitar el borrador si me ha pedido la casilla 698 de la declaracion anterior, pero para ver los datos fiscales no me deja, se necesita una "referencia" ¿cual es esa referencia?
Porque no tengo ni certificado ni dni electronico
Si entras en la oficina virtual busca consultar datos fiscales y ahí con el certificado o incluyendo un dato de la declaración del 2008 y tu dni, accederás
Rectifico, solo se puede acceder con dni electrónico, con certificado o con referencia.
Si entras en la oficina virtual busca consultar datos fiscales y ahí con el certificado o incluyendo un dato de la declaración del 2008 y tu dni, accederás
Hola,
segun informa la propia aeat.es, LOS BORRADORES ESTAN DISPONIBLES A PARTIR DEL DIA 05 DE ABRIL,
como todos los años, tener en cuenta que SUELEN VENIR INCORRECTOS, para aquellos los quieran confirmar, pero que sin embargo si que sirven de ayuda para tener los datos fiscales a añadir a la declaracion de la renta.
Lo que todavia ignoro es cuando empezara a estar disponible en nuevo programa PADRE para empezar a ir realizandola.