El sistema de amortización creciente o por progresión geométrica es completamente legal mientras el tribunal supremo no diga lo contrario, porque hasta ahora hay sentencias a favor y en contra, pero no producen jurisprudencia (sólo el Supremo la produce y tras dos sentencias). Es un sistema por el que las cuotas son más bajas al principio porque apenas amortizas capital los primeros años. Tú problema es que has pasado de pagar un 0% de interés a pagar un 3 y pico % con la revisión anual y te ha caído todo de golpe. Intenta renegociar con tu banco o subrógate a otro. Lo mejor, si tuvieras dinero, es amortizar hipoteca reduciendo el plazo. Suerte!
La clave es poder demostrar la procedencia "legal" del dinero.
Si ese dinero lo has ahorrado de otros años y lo has tenido metido en el banco es más fácil de demostrar.
El problema está en si de la noche a la mañana aparece dinero y no tienes forma de demostrar la procedencia del mismo.
Cuando hacienda abre un expediente, el contribuyente es culpable hasta que se demuestra que es inocente.
Si ingresas al año 15000 euros, entiendo que puedes "meter" en la hipoteca 9015 sin problemas. Cuando digo "meter" me refiero a lo que pagas mes a mes y a la amortización anticipada que hagas.
Por ejemplo.
pagas 500 euros al mes de hipoteca. En 12 meses son 6000 euros.
Pues bien, el 31 de diciembre haces una amortiación anticipada de 3015 euros.
Así habrás aprovechado al máximo.
6000 euros + 3015 euros = 9015 que es por lo máximo que vas a poder desgravar
Hola cuenta13,
Pues como estoy tan calentito con ellos desde hace ya tiempo me llevé todo lo que pude y lo tengo en Ing Direct con los que nunca he tenido ningún problema y el trato es bueno.
El problema que tengo es que me obligan a tener una cuenta con ellos por tener la cuenta de la hipoteca, por lo que me estan cobrando 10,5 € por comisión cada 3 o 4 meses, y me han dicho que sólo si les ingreso una nómina (nómina que la ingreso en Ing) me quitarían la comisión.
Ahora acabo de hacer la transferencia para retirar el dinero que iba destinado a la amortización de la hipoteca y zasca, 1,5 € que se han cobrado. Acostumbrado a que en Ing no me cobran ... solo puedo hablar "bien" de Caja Murcia, me tienen "contento".
...nueva tasación de tu vivienda (ojo que compraste en pleno boom y esto es un hándicap para la nueva tasación -podría ser inferior a la que realizaste-, tienes que contar que te volverán a dar un 80 % máximo del valor de tasación y ojo que los diferenciales del euríbor son altos, aun mirando la banca online... euribor+1.50 mínimo... y si lo encuentras)
- abrir nueva hipoteca, notaría, registro...
Es la mejor solución que se me ocurre. Cancelar la anterior y en la nueva
hacerla sin aval. Te vuelvo a decir... necesitarás una tasación alta porque si no has heco amortizaciones anticipadas en 5 año habrás pagado poco captal. Si realizaste amortizaciones es otro cantar... igual que mostraría tu solvencia para el nuevo banco.
Salud
Gracias Miguel por tu ayuda y opciones que me describes..pero las veo inviables en el sentido..de que soy un simple currito de a pie...que en los bolsillos solo tengo piedras y las llevo para que el viento no se me lleve..si tuviera algo de capital..podría plantearme la situaciones que me describes..pero no es asi..nada de amortizaciones de hipoteca..adelantos etc etc...un amigo se ha interesado por el asunto y ayer y hoy me a realizado... Leer más ...
...volver a acomodar la cuota, y ya seguiriamos con reducir tiempo, pues lo primero es poder pagar el prestamo, que son muchos años.
12.- SI HACIENDA NO TE HA RETENIDO NADA..... desde luego si no tienes retenciones, sean del trabajo o de otro tipo, ejemplo depositos, no obtendras devolución ninguna, pero no por ello deja de ser interesante reducirte el prestamo lo antes posible, lo que te dejaría libertad para otras inversiones.
13.- LA CUOTA DE LOS 9015 EUROS NO ES SOLO POR LA CUOTA MENSUAL..... efectivamente la cuota mensual, mas las amortizaciones, mas los gastos, entre ellos los gastos de correo, mas los seguros de hogar, de vida, etecc... son los que cuya suma deben contabilizarse para los 9015 euros.
14.- CASO DE MATRIMONIOS (gananciales) O PAREJAS,..... bien unos u otros en los que la vivienda y el prestamo esta a nombre de ambos, y siempre que cada cual tenga rentenciones superiores a 1350 euros, y que no se den otras circunstancias que lo desaconsejen, lo interesante es HACER DOS DECLARACIONES INDIVIDUALES, en vez de una conjunta, porque así serán 9015 euros por cada declaración, lo que supone que en el matrimonio o pareja, se esta pagando 18030 euros cada... Leer más ...
Sin hacer ningun tipo de calculo, creo q si con la cuota q pagas no tienes problemas es mejor reducir plazo, y si tienes dificultades, pues a reducir cuota.
Sin lugar a dudas, si la cuota es asumible REDUCIR PLAZO. En miles de foros se comenta si es mejor reducir plazo o cuota pero las matemáticas no fallan y a lo largo de la vida de una hipoteca (y tiene su lógica) cuánto antes pagas la deuda menos intereses pagas. Por mi experiencia te digo que nunca me habían puesto problemas para amortizar cuota... cuando tuve una cuota asumible decidí amortizar plazo... pues tuvimos que recurrir a las escrituras de la hipoteca para que me dejaran hacerlo, me la querían colar y me decían que tenía que ser en cuota... obviamente en la escritura del préstamo hipotecario no se especificaba nada y pude reducir años, pero se pusieron muy duros (este ejemplo me sirvió para entender que al banco no le intersa que amortices, y si lo haces que lo hagas en cuota, nunca en plazo... a ti, te interesa quitarte el préstamo cuanto antes, osea reduce plazo). SALUDOS
hola,para aprovechar la exección por reinversión que permite hacienda, la nueva vivienda tiene que ser más cara que la que vendes, para invertir la ganancia y no pagar incremento de patrimonio(IRPF).
- La plusvalía municipal la tienes que pagar siempre.
-a los 18000€, les tienes que sumar los gastos ocasionados en la compraventa.
- Me parece bien, si tienes gran capacidad ahorradora, aunque yo dejaría una reserva para imprevistos.
- otra opción que te da oficinadirecta, es la hipoteca cambio de casa, similar a la de amortización libre, pero con el matiz de que te dan el 100% de la nueva hasta que vendas, si tienes problemas, pagando mientras tanto sólo intereses.
saludos
En Enero’09 tuvimos el primer contacto y en Abril’09 firmamos la subrogación. Casi tres meses y medio de trámites pero ha valido la pena.
Tal y como indica su publicidad hemos firmado con los “únicos” requisitos de la domiciliación de una nomina y dos recibos, y la contratación del seguro de hogar. En fin, hemos rebajado el diferencial al 0.38% que a la postre era nuestro objetivo.
¿Qué podemos aportar que no se haya dicho ya? Pues varias cosas:
1.- SIN PAGAR NADA. ¿Subrogación sin coste alguno para el cliente? No estamos del todo de acuerdo con esta afirmación, ya que no pasas de pagar el mes “X” un recibo a un “EURIBOR+diferencial de tu banco actual”, a pagar el mes siguiente un recibo a un “EURIBOR+0.38%”. Hasta la semana antes de firmar no te cuentan que el mes en que se realiza la firma es un mes de transición, y que por el “método FRANCES de subrogación” (o algo así…) que se utiliza en estos casos, este mes de transición se pagan intereses pero no devolución de capital. Lógicamente estos intereses lo pagamos nosotros, sino no estaríamos hablando de este tema. Conclusión: cuando al principio del proceso te hacen los... Leer más ...
Llevo en el foro bastante tiempo y os pongo mis plazos para que a los que empiezan se hagan una idea .
10 dic 08- email preaceptada
20 dic 08- envio de documentacion correcto
20 ene 09 - preaceptada por unidad hipotecaria
11 feb- informo a ibanesto que no me han tasado
12 feb- email informando que hubo problemas con la tasadora y me tasarian en una semana
15 feb- tasan la vivienda
11 mar- me preguntan si solo quiero subrogarme o tambien ampliacioninformandoles que solo quiero subrogarme
Envio de oferta vinculante que recogen al dia siguiente
17 mar - envio el ultimo recibo de la hipoteca para actualizar el capital pendiente de la hipoteca
30 mar- fecha de firma para el 6 de abril
, quedando aplazada a peticion propia para el dia 8
8 mar- firma de subrogacion
23 abril- despues de insistir me corrigen las comisiones por amortizacion parcial y total
1 mayo- pasan el primer recibo de solo intereses desde el dia de la firma
26 mayo- realizo la primera amortizacion parcial al interes correcto (0%)
los tfno a los que yo me he dirigido son:
gestores ( recepcion de documentacion) :911547371
unidad formalizadora hipotecaria: 914183565 (grupo BC)
unidad formalizadora... Leer más ...
A los que hayáis firmado
¿En qué clausula os ponen las comisiones de amortización parcial, cancelación,etc..?
En esta plantilla no veo el sitio.
Gracias
Salu2
JC a eso me referia exactamente, no figuran en ningún sitio, en un principio pensé que como era una subrogación y todos las condiciones pasan de una a otra pues era normal que no saliera reflejado, pero luego me fijé que la modificación de condiciones en Bancaja era del 2%, mientras Ibanesto me ponia un 0;50%. Le dije a la Oficial que si habia problema en que me agregara estas claúsulas bien detalladas y me dijo que no, asi que más vale asegurarse y poner por demás que no poner de menos.
...el 5% de tus compras en los sitios establecidos gastes lo que gastes o tiene un máximo?¿hay que hacer un gasto mínimo al mes o al año con esta tarjeta para que no te cobren comision o te penalicen de alguna forma?
3.- ¿Con la tarjeta de débido de IBanesto podré sacar dinero de cualquier cajero 4B sin comisión o sólo puedo sacra de los de Banesto para que no me cobre comisión?
4.- ¿De qué forma sacaría dinero en efectivo de la cuenta de IBanesto?¿cuanto me tardaría en tenerlo en mano?
5.- Desde la página de IBanesto supongo que podré gestionar el hacer amortizaciones parciales de la hipoteca ¿no?
6.- ¿Se pueden imprimir algún tipo de comprobante de las transacciones realizadas a través de la pagina web de IBanesto?
7.- ¿Cómo daría orden a IBanesto de que por ejemplo deje de pagar mis facturas a una compañía determinada, por haber resuelto el contrato con la misma?
Muchas gracias Sonia77 por tu respuesta, entonces si hago la amortización parcial puedo enviarle el estado del préstamo o el siguiente recibo para que lo adjunten al expediente y recalculen la nueva hipoteca...
Miraré a ver si finalmente puedo hacerla (si puedo permitirmela...) y lo envío todo junto.
Saludos
Noa, has calculado que te sale más a cuenta?. Me refiero que amortizarás más si el interés es más bajo, no?.
Yo puedo rebajar hasta 8 años, Ibanesto calcula que puedas hacer frente a la cuota y si es asi no tienen ningún tipo de problema en rebajar años. Por lo menos esa es mi experiencia.
Mi escritura de la CAM dice expresamente:
"No obstante, la parte deudora podrá anticipar el pago.....:
Del capital de las cuotas más lejanas en el tiempo.
En el caso de ser expresamente solicitado por el prestatario, se aplicaría:
- Al capital de las amortizaciones más próximas en el tiempo, conservando el plazo inicialmente pactado.
- A la disminución del capital adeudado, conservando el plazo inicialmente previsto, y siendo las cuotas reducidas y recalculadas nuevamente."
A ver si alguen me ayuda a interpretarlo. Gracias.
...bien las escrituras porque te tiene que venir detallado la forma de cancelación anticipada o total. Es muy pero que muy raro que no venga detallado.
En el caso de que al final tuvieras razon tu, y no viniera detallado, solicita nuevamente en tu oficina que te realicen la amortización en plazo, y si se negaran, que te detallen los motivos por los cuales no se puede realizar, incluso que te detallen si es porque así está escriturado, con el resultado de la explicación que te den, siempre que no sea por que asi esta detallado en la escritura, sino otro el motivo, por ejemplo por problemas de operativa de ellos, realiza la correspondiente reclamación en la que yo de ti detallaría lo siguiente:
Primero que con fecha de tal, acudistes a la oficina numero tal de la localidad tal, solicitando la amortización anticipada parcial de la cantidad de tal euros en el prestamo hipotecario referenciado con numero tal, y que la misma fuera realizada consistiendo en la reducción del plazo de vigencia del prestamo (reducción tiempo duración del mismo), que acto seguido se negaron a realizarte dicha amortización, y que sin que conste NADA en la escritura del prestamo que se oponga a ello... Leer más ...
POR CIERTO A MI ME DIJERON LO MISMO QUE A TI, QUE NO PODÍA REDUCIR TIEMPO, ASÍ QUE ME PRESENTÉ CON LA ESCRITURA EN LA OFICINA. LUEGO RESULTA QUE NO ME DEJABAN, EN PRINCIPIO, POR UN ERROR INFORMÁTICO QUE LES SALÍA POR DEFECTO REDUCIR CUOTA, SERÁN SINVERGÜENZAS... CON TODO ESTO QUEDA CLARO QUE INTERESA SIEMPRE REDUCIR TIEMPO, SE PAGAN MENOS INTERESES.
Gracias Miquel, que ponia exactamente en tus escrituras ?? pq a mi en las mias solo indica que podre realizar aportacion totales o parcial siempre por valor superior a 3005,06€. Pero no indica nada con respecto a reducir plazo o cuota. Pero el banco insiste que solo puedo reducir cuota.
Respecto a lo de rebajar años a mí me dijeron que como máximo podía reducir 5 años... leo que a vosotros os ofrecen una rebaja de hasta 8 años... qué suerte!!!
A mí me quedan 42.000€ a 17 años con euribor + 0.80 y pago 363€ (eso sí el euribor es el de agosto de 2008), con ibanesto a 12 años creo recordar que se me quedaba en 336€ con el euribor actual + 0.38.
¿Sabéis si se pueden realizar amortizaciones parciales?
Saludos.
Yo creo que no habría problema en hacer la amortización parcial, pero de haberlo simplemente tendrías que hacerlo desde la web de ibanesto, que existe esta opción. En mi caso sería con comisión de amortización parcial 0.
Salu2!
Pues a mi lo único que me pidió el tasador fué el último recibo del IBI. Le hizo una foto para quedarse con los datos y me lo devolvió en el momento.
Actualmente una nota simple la pueden obtener sin espera ninguna solicitándola por internet, así que todo lo que te digan de más es cuento.
POR CIERTO A MI ME DIJERON LO MISMO QUE A TI, QUE NO PODÍA REDUCIR TIEMPO, ASÍ QUE ME PRESENTÉ CON LA ESCRITURA EN LA OFICINA. LUEGO RESULTA QUE NO ME DEJABAN, EN PRINCIPIO, POR UN ERROR INFORMÁTICO QUE LES SALÍA POR DEFECTO REDUCIR CUOTA, SERÁN SINVERGÜENZAS... CON TODO ESTO QUEDA CLARO QUE INTERESA SIEMPRE REDUCIR TIEMPO, SE PAGAN MENOS INTERESES.
Mira la escritura de tu préstamo hipotecario, allí lo aclarará si pudees reducir tiempo o no, lo que ponga allí va a misa. Mi consejo, si puedes, el que has optado, reduce plazo. Lo dicho, en la escritura del préstamo hipotecario lo tiene que especificar. Al BBVA LE INTERESA, SI AMORTIZAS, QUE SEA CUOTA.