...será necesario aportar copia del convenio regulador y/o sentencia judicial.
Datos Económicos para trabajadores por cuenta ajena
- Fotocopia de las 3 últimas nóminas o justificante del cobro de una pensión
- Fotocopia del contrato laboral o certificado de vida laboral, cuando la antigüedad sea inferior a 4 años y/o la misma no se refleje en las nóminas
- Fotocopia de la declaración de la Renta (IRPF) del último ejercicio
Datos Económicos para trabajadores por cuenta propia
- Fotocopia de las declaraciones trimestrales de IVA e IRPF y resumen anual
- Certificado de vida laboral
- Fotocopia de la declaración de la Renta (IRPF) del último ejercicio
Datos Económicos en ambos casos
- Fotocopia del recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), en caso de tener otras propiedades a su nombre.
- Fotocopia del contrato de arrendamiento de la vivienda (en su caso).
- Fotocopia de los 3 últimos recibos, en caso de existir otras deudas a su nombre. En caso de subrogación, además de los tres últimos recibos del préstamo será necesario aportar una copia de la Escritura del préstamo hipotecario a subrogar.
- Fotocopia del justificante de otro tipo de... Leer más ...
...será necesario aportar copia del convenio regulador y/o sentencia judicial.
Datos Económicos para trabajadores por cuenta ajena
- Fotocopia de las 3 últimas nóminas o justificante del cobro de una pensión
- Fotocopia del contrato laboral o certificado de vida laboral, cuando la antigüedad sea inferior a 4 años y/o la misma no se refleje en las nóminas
- Fotocopia de la declaración de la Renta (IRPF) del último ejercicio
Datos Económicos para trabajadores por cuenta propia
- Fotocopia de las declaraciones trimestrales de IVA e IRPF y resumen anual
- Certificado de vida laboral
- Fotocopia de la declaración de la Renta (IRPF) del último ejercicio
Datos Económicos en ambos casos
- Fotocopia del recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), en caso de tener otras propiedades a su nombre.
- Fotocopia del contrato de arrendamiento de la vivienda (en su caso).
- Fotocopia de los 3 últimos recibos, en caso de existir otras deudas a su nombre. En caso de subrogación, además de los tres últimos recibos del préstamo será necesario aportar una copia de la Escritura del préstamo hipotecario a subrogar.
- Fotocopia del justificante de otro tipo de... Leer más ...
Tengo algunas dudas:
- Te concenden una hipoteca a 30 años si terminas pagandola más tarde de los 65 años o se ajusta para que termines a esa edad?
Conozco casos de personas a las que han concedido hipotecas con más de 60 años. Eso no es importante. Si tienes recursos, al banco le da igual. Piensa en si a Amancio Ortega le darían una hipoteca a 40 años. En el peor de los casos para Amancio Ortega, el banco seguro que recuperaría su inversión.
zicutamix Escribió:
- A la hora de concederte la hipoteca los bancos tienen en cuenta el número de pagas?
El banco te pedirá la declaración del IRPF. Lo que le importa es el bruto anual.
Mi cuestión es simple: estoy en registro de morosos, y mi esposa quiere pedir un préstamo. Como estamos en régimen de gananciales, en el banco le han dicho que debo firmar yo también, y me piden toda la información habitual: nómina, declaración... La pregunta es: a pesar de que es un préstamo personal, para ella, ¿en el banco investigarán mis datos y no le concederán el préstamo porque yo, su cónyuge, estoy en registro de morosos?
Si es así, ¿la solución pasa por hacer separación de bienes antes de pedir el préstamo? De esta forma, ella podrá solicitar el préstamo y el banco no le pedirá mi firma. ¿Es correcto?
Hay un movimiento de 25.000 euros que nadie pude justificar
Coincido plenamente con fjva. Seguro que Hacienda te va a preguntar ese pago virtual de 25.000 euros. Y estas operaciones raras a día de hoy se las miran con lupa -por el afán de revaudar- En estos supuestos hacienda suele hacerte una declaración parapela.De todas maneras muy raro todo lo que comentas. Raro, raro, raro. Ese dinero que supuestamente has pagado tiene que salir en algún sitio... En las arcas del vendedor... Pero me retiro del tema porque no entiendo nada de nada. Suerte, salud y ojo con los chanchullos que a veces salen caros
Lo de lobos porke entendeis dondo yo me pierdo y kisas si yo supiera como vosotros no fuera admitido eso. Total que esos 25 en mi declaracion no valen para nada np?. Gracias
aquí vos dejo un fantástico simulador de amortización,en mi caso no puedo amortizar menos que la suma de las cuotas de año , cada hipoteca es un mundo .
Lo he incorporado a las FAQ, gracias por el aporte.
aquí vos dejo un fantástico simulador de amortización,en mi caso no puedo amortizar menos que la suma de las cuotas de año , cada hipoteca es un mundo .
Tengo el 0,5% por amortización y 3% por cancelación, Gracias nuevamente!
Si la idea es cancelar totamente la hipoteca amortiza parcialmente al máximo. Imáginate que te quedan 15.000. Amortiza 14500, 14950 anticipadamente y luego ya cancelerías el restante. La comisión de eso sería al 0,5 y la final, de ese poquito dinero que te casquen el 3. Yo hice esta jugada con 1 euro -verídico-. No te esperes que te sonrían en la oficina... Me tocó llevar escrituras y entrar en la oficina de la directora... Que tiempos aquellos en Caixa de Manlleu (Unnim, BBVA)...
En mi caso, no me dejan amortizar anticipadamente más del 25% del capital pendiente, aunque la comisión por amortización parcial es del 0%. En su día pregunté y me dijeron que no tenía límite anual de amortizaciones, así que si llegara el caso, iría haciendo amortizaciones parciales hasta que me quedar poca cantidad, y ahí como dice miquel, amortizarlo todo, que no vamos al banco a hacer amigos, jeje.
Saludos.
Estás en todo Portuense, efectivamente, me había centrado en la pregunta y no me había dado cuenta del tema de las retenciones, como bien dices, nunca te devolverán más de lo que te han retenido.
Saludos.
Es que a veces en el bosque no se ven los árboles pero nos pasa a todos.
Siempre estamos aprendiendo de los maestros.
Saludos.
Tengo el 0,5% por amortización y 3% por cancelación, Gracias nuevamente!
Si la idea es cancelar totamente la hipoteca amortiza parcialmente al máximo. Imáginate que te quedan 15.000. Amortiza 14500, 14950 anticipadamente y luego ya cancelerías el restante. La comisión de eso sería al 0,5 y la final, de ese poquito dinero que te casquen el 3. Yo hice esta jugada con 1 euro -verídico-. No te esperes que te sonrían en la oficina... Me tocó llevar escrituras y entrar en la oficina de la directora... Que tiempos aquellos en Caixa de Manlleu (Unnim, BBVA)...
Muy buena anécdota. Forera, forera de verdad... Leer más ...
Tengo el 0,5% por amortización y 3% por cancelación, Gracias nuevamente!
Si la idea es cancelar totamente la hipoteca amortiza parcialmente al máximo. Imáginate que te quedan 15.000. Amortiza 14500, 14950 anticipadamente y luego ya cancelerías el restante. La comisión de eso sería al 0,5 y la final, de ese poquito dinero que te casquen el 3. Yo hice esta jugada con 1 euro -verídico-. No te esperes que te sonrían en la oficina... Me tocó llevar escrituras y entrar en la oficina de la directora... Que tiempos aquellos en Caixa de Manlleu (Unnim, BBVA)... Leer más ...
Un apunte a tener en cuenta , pero es que viendo como estan los tipos de los depositos , lo veo mas rentable aliviar mi hipoteca, claro mientras el fisco no se meta conmigo.
Para liarla un poco mas te cuento:
1.- Ni se te ocurra amortizar un euro hasta diciembre, de hacerlo estarías perdiendo los posibles intereses que podrías ganar de aquí a esa fecha.
2.-Calcula las retenciones que mensualmente te hacen, si estás en el paro entiendo que serán nulas o cuasi nulas. Si te han descontado a final de año, digamos por ejemplo 1000€ debes hacer el siguiente cálculo:
1.-Si el 15% del total pagado de hipoteca, es mayor de 1000€, te aconsejo que no canceles hipoteca.
2.-Si fuese menor a 1000€, ingresa en Diciembre lo estrictamente necesario para que la desgravación del 15% de esa cantidad + el 15% de lo pagado por hipoteca, no pase de los 1000.
Esto te lo digo porque de pasarte la desgravación no te valdría de nada, solo te devuelven hasta el máximo RETENIDO A CUENTA en tu nómina e ingresos totales.
Todo lo que te cuento es por si vuestra intención es desgravar, si lo que perseguís es aligerar la mensualidad, eso ya es... Leer más ...
Un apunte a tener en cuenta , pero es que viendo como estan los tipos de los depositos , lo veo mas rentable aliviar mi hipoteca, claro mientras el fisco no se meta conmigo.
Para liarla un poco mas te cuento:
1.- Ni se te ocurra amortizar un euro hasta diciembre, de hacerlo estarías perdiendo los posibles intereses que podrías ganar de aquí a esa fecha.
2.-Calcula las retenciones que mensualmente te hacen, si estás en el paro entiendo que serán nulas o cuasi nulas. Si te han descontado a final de año, digamos por ejemplo 1000€ debes hacer el siguiente cálculo:
1.-Si el 15% del total pagado de hipoteca, es mayor de 1000€, te aconsejo que no canceles hipoteca.
2.-Si fuese menor a 1000€, ingresa en Diciembre lo estrictamente necesario para que la desgravación del 15% de esa cantidad + el 15% de lo pagado por hipoteca, no pase de los 1000.
Esto te lo digo porque de pasarte la desgravación no te valdría de nada, solo te devuelven hasta el máximo RETENIDO A CUENTA en tu nómina e ingresos totales.
Todo lo que te cuento es por si vuestra intención es desgravar, si lo que perseguís es aligerar la mensualidad, eso ya es cosa vuestra, a lo... Leer más ...
Estás en todo Portuense, efectivamente, me había centrado en la pregunta y no me había dado cuenta del tema de las retenciones, como bien dices, nunca te devolverán más de lo que te han retenido.
Saludos.
Es que a veces en el bosque no se ven los árboles pero nos pasa a todos.
Estás en todo Portuense, efectivamente, me había centrado en la pregunta y no me había dado cuenta del tema de las retenciones, como bien dices, nunca te devolverán más de lo que te han retenido.
Saludos.
1.- Ni se te ocurra amortizar un euro hasta diciembre, de hacerlo estarías perdiendo los posibles intereses que podrías ganar de aquí a esa fecha.
2.-Calcula las retenciones que mensualmente te hacen, si estás en el paro entiendo que serán nulas o cuasi nulas. Si te han descontado a final de año, digamos por ejemplo 1000€ debes hacer el siguiente cálculo:
1.-Si el 15% del total pagado de hipoteca, es mayor de 1000€, te aconsejo que no canceles hipoteca.
2.-Si fuese menor a 1000€, ingresa en Diciembre lo estrictamente necesario para que la desgravación del 15% de esa cantidad + el 15% de lo pagado por hipoteca, no pase de los 1000.
Esto te lo digo porque de pasarte la desgravación no te valdría de nada, solo te devuelven hasta el máximo RETENIDO A CUENTA en tu nómina e ingresos totales.
Todo lo que te cuento es por si vuestra intención es desgravar, si lo que perseguís es aligerar la mensualidad, eso ya es cosa vuestra, a lo dicho no hagas ni caso y actúa teniendo en cuenta lo que te han aconsejado los compañeros.