Foro de Domiciliación de Nominas: Foro de discusión sobre Ofertas, Promociones y Noticias relacionadas con la Domiciliación de Nomina. Es decir sobre esos Regalos que hacen Bancos, Cajas de Ahorros y otras Entidades Financieras para que abramos una Cuenta en su Oficina y Domiciliemos allí nuestra Sueldo.
Despues de leer ese contrato de adhesion, creo que quedan claras un par de cosas:
-No admiten ningun tipo de transferencias (TN o no TN) que estén realizadas por el mismo titular.
-En caso de que no se trate de la nomina real, el cliente deberá notificar al banco por escrito que dicho abono corresponde al importe de su nómina. Y en este caso, y ya que la transferencia no puede ser realizada por el mismo titular, tan sólo aceptarian el ingreso EN EFECTIVO.
Estro es lo más importante que se puede entresacar del documento.
Saludos y espero que os sea de utilidad esta informacion.
Con respecto a los que indicaban que no habia contrato de adhesion
Respecto a eso, debo aclarar que este contrato me lo han entregado con el regalo, no antes. Imagino que a los demás les pasará lo mismo, hasta que no reciban el regalo, no firman el contrato.
En consecuencia me reafirmo: Estamos a expensas del director de la oficina de turno, que permite un tipo de ingreso y/o transferencia según sus objetivos y del cumplimiento de los mismos.
Por lo tanto a buscar oficinas nuevas y/o perdidas de la mano de dios.
En consecuencia me reafirmo: Estamos a expensas del director de la oficina de turno, que permite un tipo de ingreso y/o transferencia según sus objetivos y del cumplimiento de los mismos.
Pues yo entiendo justo lo contrario (salvo que me equivoque), a lo que estas a expensas es del contrato, no de lo que el director quiera inventarse.
Si existe un contrato que admite ciertas condiciones, esas son las que hay que cumplir, el director si le dejas por pedir te pedirá la luna.
Hola a todos, acabo de ver el "contrato" y veo alguna cosilla rara.
Os cuento, yo ya he pedido el ipad con estas condiciones (ya por escrito y en papel)
-comosiones semestrales 4 euros
-comisiones apuntes 0 euros
-tarjeta debito 15 euros/año
-tarjeta credito HALCON (0 euros si gastas más de 300 euros).
Hablando de la nómina, pregunté si el paro servía y me dijo que para coger el regalo NO, pero que si ahora tengo nómina y por cualquier motivo me fuese al paro, no debería haber problemas (pero esto verbalmente) y se computaría como "nomina".
Pero leyendo ahora el contrato (que no me han dado, aunque como habeis puntualizado, lo darán al recoger el regalo) veo que SUBSIDIO no se considera nomina, ya me pone en duda...
Despues de leer ese contrato de adhesion, creo que quedan claras un par de cosas:
-No admiten ningun tipo de transferencias (TN o no TN) que estén realizadas por el mismo titular.
-En caso de que no se trate de la nomina real, el cliente deberá notificar al banco por escrito que dicho abono corresponde al importe de su nómina. Y en este caso, y ya que la transferencia no puede ser realizada por el mismo titular, tan sólo aceptarian el ingreso EN EFECTIVO.
Estro es lo más importante que se puede entresacar del documento.
Saludos y espero que os sea de utilidad esta informacion.
De la cláusula:
"No se considerarán nómina o pensión los importes de las transferencias realizadas por el propio titular o los ingresos en efectivo que no hayan sido notificados al Banco por el cliente como correspondientes a su nómina o pensión."
yo interpreto que se podrán considerar como nómina las transferencias realizadas por el propio titular o ingresos en efectivo siempre que se haya notificado al Banco que éstos corresponden a su nómina.
Despues de leer ese contrato de adhesion, creo que quedan claras un par de cosas:
-No admiten ningun tipo de transferencias (TN o no TN) que estén realizadas por el mismo titular.
-En caso de que no se trate de la nomina real, el cliente deberá notificar al banco por escrito que dicho abono corresponde al importe de su nómina. Y en este caso, y ya que la transferencia no puede ser realizada por el mismo titular, tan sólo aceptarian el ingreso EN EFECTIVO.
Estro es lo más importante que se puede entresacar del documento.
Saludos y espero que os sea de utilidad esta informacion.
De la cláusula:
"No se considerarán nómina o pensión los importes de las transferencias realizadas por el propio titular o los ingresos en efectivo que no hayan sido notificados al Banco por el cliente como correspondientes a su nómina o pensión."
yo interpreto que se podrán considerar como nómina las transferencias realizadas por el propio titular o ingresos en efectivo siempre que se haya notificado al Banco que éstos corresponden a su nómina.
¿Alguien más lo interpreta así?
Yo soy de tu misma opinion.
Con la sóla comunicacion al Banco y la aceptacion por parte del mismo de la notificacion=que se pongan un sello en el escrito podríamos realizar transferencias normales como nominas.
Por lo de 'transferencias realizadas por el propio titular ', no tiene mucho sentido pues si cobras la nomina en otra entidad y la tienes atada por prestamo y/o regalo por domiciliacion; lo logico es que se la envies de una cuenta de la que eres titular a otra cuenta que tambien eres titular en elpopular
¿Pero, podrian obliagrte a transferir el importe exacto de tu nomina??
Despues de leer ese contrato de adhesion, creo que quedan claras un par de cosas:
-No admiten ningun tipo de transferencias (TN o no TN) que estén realizadas por el mismo titular.
-En caso de que no se trate de la nomina real, el cliente deberá notificar al banco por escrito que dicho abono corresponde al importe de su nómina. Y en este caso, y ya que la transferencia no puede ser realizada por el mismo titular, tan sólo aceptarian el ingreso EN EFECTIVO.
Estro es lo más importante que se puede entresacar del documento.
Saludos y espero que os sea de utilidad esta informacion.
De la cláusula:
"No se considerarán nómina o pensión los importes de las transferencias realizadas por el propio titular o los ingresos en efectivo que no hayan sido notificados al Banco por el cliente como correspondientes a su nómina o pensión."
¿Alguien más lo interpreta así?
Yo estoy contigo Juanka99.
Interpreto que se podrán considerar como nómina las transferencias realizadas por el propio titular o ingresos en efectivo siempre que se haya notificado al Banco que éstos corresponden a su nómina.
Por eso piden me han pedido para que sean válidas las TN un recibo de nómina; y de ahí que cada oficina interprete esta condición como quiere.
En consecuencia me reafirmo: Estamos a expensas del director de la oficina de turno, que permite un tipo de ingreso y/o transferencia según sus objetivos y del cumplimiento de los mismos.
Pues yo entiendo justo lo contrario (salvo que me equivoque), a lo que estas a expensas es del contrato, no de lo que el director quiera inventarse.
Si existe un contrato que admite ciertas condiciones, esas son las que hay que cumplir, el director si le dejas por pedir te pedirá la luna.
Saludos
yo estoy con csatelite, juanka y demás
es más, fue lo q me dijeron a mi, q dejaban constancia de q se ingresaba por transferencia y valía
Pues otro ke ha cerrao... a mi el ipad... las ultimas dos cuotas de mantenimiento. .. y acordarme de la familia de una rubia ke habia en la oficina... pero ya... hasta luego lucas...
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