En primer lugar, me parece muy interesante este foro. Lo he descubierto esta semana y contiene muy buena información.
Respecto a las OTE, tengo un poco de lío. A ver, ¿puedo hacer siempre que quiera una OTE entre mis 2 cuentas o algunas cuentas remuneradas (léase ING) no las aceptan? Hablo del banco del que sale el dinero, si es para recibir todos encantados, eso ya lo sabemos.
Estoy pensando en aprovechar ofertas de depósitos para nuevos clientes.
De momento hice el de Bankinter (mediante transferencia gratuita desde Openbank, de éste soy cliente desde hace varios años, así que me quedé sin oferta) y ahora estoy con el de la Kutxa, donde me han tratado genial y ellos mismos me dijeron que por ahora no me hacen tarjetas si yo no quiero, por si sólo me interesa hacer el depósito y luego cerrar la cuenta.
Estaba barajando el de Barclays pero estoy leyendo algunas cosas no muy favorables y, para tener que pelearme, mejor me voy a otros sitios con menos pegas, como ActivoBank, Bancaja y Sa Nostra (puede que sea el primero del foro en atreverme con este banco, ¡deseadme suerte!).
De aquí mi consulta, quisiera saber si para ir moviendo el dinero puedo usar la OTE y todos los bancos han de aceptarlo, sean receptores o emisores.
¡Ah! Y si hay alguna pega con las cantidades, aquí dejo la normativa del Banco de España. No me queda muy claro lo que ocurre si es más o menos de 6.000 €. Desgraciadamente, el límite de 150.000€ aún no me preocupa
Cuando tenga una respuesta satisfactoria a esta duda os volveré a dar la lata con otra cosa relacionada, je je.
Muchas gracias
Esto dice el Portal del Banco de España:
Órdenes de traspaso de efectivo y aportación de fondos
Son operaciones que permiten el traspaso de fondos entre dos cuentas bancarias con el mismo titular, situadas en dos entidades distintas. La diferencia con una transferencia es que el ordenante (el titular de las dos cuentas) da la orden de envío de dinero a la entidad de destino de los fondos, y no a la entidad de origen. Son de dos clases:
Aportaciones de fondos. Es para operaciones de menos 3.000 euros y sólo se puede hacer una operación en el mes natural. Este sistema ofrece la posibilidad de englobar varios traspasos periódicos en una única autorización.
Traspaso de efectivo. Es para operaciones de hasta 150.000 euros, sin que tenga ningún límite mínimo. Si es hasta 6.000 euros, estos traspasos son más cómodos para el ordenante, porque sólo hay que firmar una autorización genérica. Si se superan los 6.000 euros por operación, entonces hay más papeleo: el ordenante tiene que firmar un documento específico para cada traspaso.
En estas modalidades de movimiento de dinero, la comisión que pueda existir la cobra la entidad a la que se ordena la operación, es decir, la de la cuenta de destino, que es la que gestiona el proceso.